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Reconocimiento de hijo por nacer o nacido

Reconozca legalmente a su hijo, por nacer o ya nacido.

Requisitos
  • Copia de DNI, carné de extranjería o pasaporte de quien reconoce.
Requisitos adicionales, según su caso
  • Si el hijo ya nació: acta de nacimiento del hijo.
  • Si el hijo está por nacer: certificado médico del embarazo.
  • Si el hijo es mayor de edad: su consentimiento y copia de su DNI.
S/ 211.86 S/ 211.86
S/ 280.00

Beneficios

  • Origen verificable. El código QR confirma que su documento fue emitido por nuestra notaría y lo protege de falsificaciones.
  • Seguimiento en línea. Consulte el estado de su trámite en Mi Trámite, sin necesidad de llamar.

Precio referencial. Se confirma al iniciar el trámite.

Términos y condiciones

Preguntas frecuentes

¿Quién puede reconocer?

El padre o la madre, en la forma que establece la ley.

¿Debe inscribirse el nacimiento después?

Sí. El reconocimiento se complementa con la inscripción ante RENIEC.